Los senadores que conforman la Bancada por la Infancia presentaron esta semana un proyecto de ley para modificar el Código Civil con el objeto de prohibir el castigo corporal y todo trato humillante o degradante contra niños, niñas y adolescentes como justificación a corregir o mejorar su conducta.
La denominada “Ley Coscorrón” contempla que queda prohibido a los padres o responsables y a toda persona encargada del cuidado, educación, tratamiento o vigilancia, en forma temporal o permanente de niños, niñas y adolescentes, utilizar el castigo corporal o cualquier tipo de trato humillante, cruel o degradante, como método de disciplina y corrección de ellos.
La senadora Carolina Goic comentó al respecto que con el proyecto de ley “se busca incentivar el cariño, el cuidado y la protección de los padres y de los que están a cargo de los niños, actualizando nuestra legislación y nuestro código civil en materia de cómo muchas veces el maltrato corporal puede ser utilizado como una forma de corregir”.
La senadora señaló que “desgraciadamente, en nuestra cultura, muchas veces el castigo físico sigue siendo una manera con la cual los padres y los cuidadores corrigen a los niños, niñas y adolescentes. Este proyecto lo que hace es prohibir el maltrato corporal y el trato humillante como forma de corrección”. “El castigo físico no puede ser nunca aceptado, menos al interior del seno de una familia o de las personas que están para proteger a nuestros niños”, agregó Goic.
Observa participó también en esta gran iniciativa, que es producto de las distintas acciones y recomendaciones de distintos actores que trabajan intensamente en pro de mejorar la protección a nuestra niñez y adolescencia. En este sentido, el Observatorio recalcó que el proyecto de ley se adhiere a la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual señala que Estados Partes deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación. Además, enfatiza que los Estados deben prohibir y desincentivar toda forma de violencia en contra de los niños, sin que exista ningún tipo de atenuante.
En concordancia con lo anterior, “el Comité recomienda al Estado de Chile que enmiende el artículo 234 del Código Civil y haga cumplir leyes que prohíban explícitamente todas las formas de castigos corporales a los niños sea donde fuere, incluso en el hogar. El Estado Parte debería asimismo realizar campañas de sensibilización y educación pública contra los castigos corporales y fomentar métodos participativos y no violentos para criar y educar a los niños”.
Hoy con la presentación de este proyecto de ley estamos cumpliendo con un primer paso para avanzar hacia la erradicación de todas las formas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes, de modo de contribuir con ello, a un verdadero cambio cultural que fomente la cultura del buen trato de todos los niños, niñas y adolescentes que vivan en nuestro país.